Impugnar un testamento

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¿Se puede impugnar un testamento?

El reparto de herencia con testamento tiene sus ventajas porque ahorra tiempo a los herederos y deja la clara la voluntad del testador. El proceso es más rápido y está más claro que cuando se trata de sucesión abintestato, pero eso no significa que no se pueda impugnar testamento. De hecho, ocurre con bastante frecuencia.

Los herederos tienen derecho a impugnar si observan que lo establecido va contra sus derechos. Por eso nos detenemos a ver qué es exactamente la impugnación de testamento, en qué casos procede, qué procedimientos se usan o quién puede hacerlo.

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Impugnacion de testamento ¿Se puede hacer?

Un testamento se puede impugnar cuando se observan supuestos que veremos más adelante. La voluntad de la persona fallecida se hace presente y manifiesta, al contrario de lo que sucede con la sucesión abintestato en la que, simplemente, el reparto se produce en arreglo a la legislación vigente.

Pero eso no quiere decir que respetar irremediablemente su disposición si es claramente injusta, o si no la ha plasmado siguiendo los procedimientos oficiales para considerarla válida. En otras palabras, se puede impugnar testamento incluso cuando el testador lo prohibiera.

Qué es Impugnación de testamento

Impugnar quiere decir interponer un recurso o contradecir y refutar algo que ha sido establecido, en este caso, el testamento. Se impugna este cuando no se está de acuerdo con lo estipulado, pero debe haber una razón de peso que case con lo dispuesto en la legislación vigente.

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Es decir, no se trata solo de no estar conforme por haber recibido menos que otro heredero, una situación que puede darse y es legal siempre que se respete la legítima. Se impugna cuando se incurre en causa recogida en el Código Civil y recurriendo a las vías legales establecidas.

Motivos para impugnar un testamento

Las causas que el Código Civil recoge para impugnar un testamento son las siguientes.

Razones para impugnar un testamento

  • 1. Impugnar testamento por desheredación

Se contemplan supuestos de desheredación, pero se deben demostrar para poder proceder. De lo contrario, el testador estará incurriendo en preterición.

Es preciso recordar que la herencia en España se divide en tres partes, como son la legítima, la mejora y la libre disposición. La legítima está reservada por ley a los herederos forzosos, así que si alguno de ellos no es nombrado en testamento se puede impugnar.

La preterición puede haber sido intencional o fruto de un error o desconocimiento. En este último caso, es posible que el testador no supiera como realizar un testamento legal o que hubiera hijos que desconociera al momento del otorgamiento, por ejemplo.

  • 2. No respetar la legitima en herencias

La legítima se debe repartir a partes iguales entre los herederos forzosos. Si el testador quiere favorecer a alguno de ellos por algún motivo, puede disponer del tercio de mejora o del de libre disposición, pero la legítima se debe repartir a partes iguales.

No hacerlo es otro motivo para impugnar testamento, y probablemente son problemas que se podrían haber evitado consultando a un abogado o haciendo testamento abierto o cerrado ante notario.

  • 3. Desheredación injusta

La desheredación procede en una serie de supuestos recogidos por ley: atentar o causar lesiones en el ámbito familiar (probado en sentencia firme), denuncia falsa contra el testador, extorsión, negación de alimentos, maltrato, atentar contra la vida, pérdida de patria potestad (cuando la herencia es de hijos a padres)…

Pero las causas de desheredación deben ser ciertas, es decir, tienen que estar probadas. Aunque el hecho se hubiera producido realmente, si no se prueba la desheredación no tiene lugar y se puede impugnar el testamento.

  • 4. Impugnar testamento por incapacidad

Es posible que el testador no tuviera capacidad legal para otorgar testamento, lo que sucede cuando tiene menos de 14 años o cuando no posee todas sus facultades de discernimiento.

Puede que, aprovechando su situación de vulnerabilidad, algún interesado utilice artimañas para ganarse su favor y resultar más beneficiado en el testamento, incluso llegar a convertirse en heredero único. Aunque el testador no esté incapacitado judicialmente, el resto de herederos podría impugnar el testamento.

  • 5. Testamento otorgado bajo violencia, coacción o fraude

En un modo similar al antes expuesto, una persona usa amenazas, intimidaciones o engaños para manejar la voluntad del testador, que se ve forzado incluso encontrándose en sus cabales.

Recordemos que el Código Penal tipifica estas actitudes como extorsión, pues obligan a realizar u omitir un acto jurídico contra el patrimonio de quien sufre el delito o de un tercero, como puede ser otro heredero.

  • 6. Incurrir en defectos de forma

Un testamento se puede otorgar mediante testamento abierto, cerrado u ológrafo. En los dos primeros casos se hace ante notario, con la diferencia de que el abierto lo redacta el propio notario y en el cerrado procede el testador. Cuando es testamento ológrafo, lo hace el mismo testador y no es ante notario.

Sea cual sea el caso, las formalidades se deben cumplir para que el testamento sea considerado válido. De lo contrario, se puede impugnar.

Como impugnar un testamento en España

Saber cómo impugnar un testamento pasa por ponerse en manos de un despacho de abogados especializados. Y es que para iniciar el proceso se necesita tanto de este como de un procurador, ya que el tipo de procedimiento para impugnar testamento es judicial.

Hay que presentar demanda ante el Juzgado de Primera Instancia que corresponda al lugar donde falleció el testador. Y, dado que cada circunstancia es distinta, conviene que queden claras las posibilidades de llevar a buen término la impugnación demostrando por qué esta es necesaria.

¿Quien puede impugnar un testamento?

Según la ley, quienes pueden impugnar un testamento son los herederos legales o los que resultaran favorecidos en un testamento anterior.

¿Y quiénes no pueden impugnar el testamento? Aquellas personas que ya hayan reconocido su validez de forma expresa o tácita. Así pues, se puede prever la no idoneidad de impugnar una herencia aceptada.

Plazo para impugnar un testamento

Se establece un plazo de 15 años para impugnar el testamento, y se cuentan desde que el heredero recibió la copia autorizada, o bien desde el fallecimiento del testador.

Cuanto cuesta impugnar un testamento

Para calcularlo, debes tener en cuenta los profesionales que intervienen y los trámites que necesitarás completar: abogado, procurador, perito (si procede), poder para pleitos, certificados y otros documentos. Solo las tasas judiciales pueden ascender a 400 euros, y habrá que sumar lo demás.

Dada la complejidad de circunstancias que se pueden presentar, es muy difícil calcular un precio. Si te peguntas por el tiempo, el Poder Judicial dispone una herramienta para calcular los tiempos medios de la duración de los procedimientos judiciales.

Debes seleccionar la comunidad y el órgano. Por ejemplo, si te fijas en Cataluña y en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción, en 2019 la media de duración estaba en ocho meses.

¿Cuánto cobra un abogado por impugnar un testamento?

Según fuentes especializadas, los despachos cobran un importe mínimo de 600 euros más IVA. Muchos de ellos, sin embargo, cobrarán un porcentaje sobre la cantidad que hayan logrado recuperar.

En definitiva, impugnar un testamento es posible si eres un heredero legal o fuiste nombrado en uno anterior, siempre que se cumplan algunas de las causas expuestas. El proceso puede ser costoso en tiempo y dinero, así que para emprenderlo es necesario tener seguridad. Por eso es recomendable recurrir a profesionales.