¿Como se puede desheredar a un hijo?

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Como desheredar a un hijo en España

Estamos familiarizados con el término de desheredación, al menos en cierto medida. Las relaciones humanas son complejas, sobre todo las intrafamiliares, por lo que plantearse tal posibilidad es bastante frecuente.

Como veremos, el derecho común no permite dejar sin herencia a un heredero forzoso excepto en casos graves. ¿Sucede así en todo el territorio? ¿Cuáles son esas causas graves? Son algunas de las preguntas que respondemos a continuación.

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¿Qué es la desheredación?

Desheredar y legítima son dos conceptos vinculados porque, recordemos, la legítima es la parte de la herencia que está reservada por ley a los llamados herederos forzosos: hijos o descendientes, padres o ascendientes de no existir los anteriores y viudo o viuda de no existir los anteriores (que además tendrá derecho de usufructo).

La desheredación solo afecta a los herederos forzosos, pues son los protegidos por ley. Si se quisiera dejar sin herencia a una persona diferente a un heredero legítimo, bastaría con no nombrarla en testamento, y tampoco recibiría bien alguno si se tratase de una sucesión abintestato.

Sin embargo, desheredar a un heredero forzoso es un procedimiento complejo, porque se deben argüir ydemostrar las causas recogidas por ley.

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¿En España se puede desheredar a un hijo?

Es posible desheredar a un hijo en España, sí, pero para hacerlo es necesario hacer testamento donde se debe quedar expresado con total claridad esta voluntad. Por supuesto, la causa debe ser cierta.

Son tres requisitos fundamentales que deben concurrir en el proceso de desheredación, aunque más adelante veremos la diferencia con este concepto y el de indignidad.

¿se puede desheredar a un hijo en cataluña?

Cabe preguntarse por el procedimiento en Cataluña y otras comunidades porque, como sabemos, en ellas rige el derecho foral. En Cataluña también se puede desheredar a un heredero legítimo, como un hijo, y las causas y requisitos van en la línea del Código Civil.

¿desheredar a un hijo en el pais vasco?

No solo se puede, sino que además País Vasco permite desheredar a un hijo libremente. Ya lo vimos en el post en que abordábamos la figura de los herederos forzosos: el derecho foral vasco recoge el principio de libertad civil, que permite desheredar a un hijo sin más requisitos. Basta con no nombrarle en testamento.

Eso sí, para acogerse al derecho foral vasco es necesario tener la vecindad civil, que se adquiere por nacimiento, por residencia continuada en la comunidad de al menos dos años manifestando voluntad, o por residencia continuada de 10 años sin declaración contraria en dicho plazo.

¿se puede desheredar a un hijo en la comunidad valenciana?

Se puede desheredar a un hijo en la Comunidad Valenciana en los mismos términos que en el resto de España, ya que el que rige es el Código Civil común. Aunque la comunidad se acogió al derecho civil valenciano durante años, la mayor parte de las normas fueron declaradas inconstitucionales. Puede que la situación cambie porque sus gestores siguen trabajando para volver a desarrollar el derecho civil valenciano.

Causas para desheredar a un hijo

¿Se puede desheredar a un hijo en favor de los nietos?

Técnicamente se estaría produciendo la desheredación de hijos, pues estos figuran antes que sus descendientes en el orden de sucesión, según el Código Civil. Para favorecer a un nieto se puede recurrir al tercio de libre disposición, pero si lo que se quiere es privar de la legítima a un hijo habrá que alegar y demostrar las causas que repasamos a continuación.

En que casos se puede desheredar a un hijo

Antes de identificarlas, creemos conveniente distinguir entre desheredación e indignidad. La desheredación es un acto libre y voluntario del testador, que lo expresa claramente en testamento acogiéndose a lo que dispone la ley. Es, repetimos, una facultad del testador.

La indignidad o incapacidad para suceder resulta de una circunstancia grave que afecta a un heredero, y que le imposibilita recibir la herencia. En este caso, no tiene que ver solo con la voluntad del testador (aunque este también puede reflejarlo en testamento), sino que pueden alegarla también el resto de herederos cuando se produzca el fallecimiento de quien deja los bienes.

Hay diferencias de forma, en cuanto al momento en que se producen, la extinción y las causas. Sus causas son actos ilícitos, aquellos que supongan una transgresión jurídica manifiesta, y que el causante hubiera tenido en cuenta a la hora de hacer testamento si hubiera conocido los hechos.

Vemos con detenimiento las causas de desheredación e indignidad siguiendo el Código Civil.

Desheredación por indignidad

  • Tener condenas con sentencia firme por atentar contra la vida, haber causado lesiones, ejercido violencia física o psíquica contra las siguientes personas: el causante y testador, su cónyuge o persona a la que estuviera unida por análoga relación y/o sus descendientes o ascendientes.
  • Tener condenas en sentencia firme por delitos contra la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad moral contra las mismas personas citadas en los supuestos anteriores.
  • Tener condenas por denuncia falsa contra el testador.
  • No denunciar a la Justicia la muerte violenta del testador en el plazo de un mes, siendo mayor de edad y sin que esta haya procedido ya de oficio.
  • Amenazar, emplear la violencia o usar el fraude para obligar al testador a otorgar testamento o cambiarlo. También puede ser desheredado quien, usando los mismos medios, impida hacer testamento, inste a la revocación del que ya tuviese hecho, o suplantase, ocultase o alterase uno nuevo.

Desheredar a un hijo por abandono

Una de las causas que se establecen como motivo para la desheredación es la negación de alimentos sin motivo legítimo.

Esta causa aplica en los testamentos a hijos y descendientes, a padres y ascendientes o al cónyuge. Es decir, que una madre puede desheredar a su hijo si le niega alimento sin causa, y del mismo modo puede proceder una hija con su madre o una esposa con su marido.

Atentados contra la vida y maltratos

Además de los supuestos de indignidad, se recoge como causa específica para desheredar a padres y ascendientes que uno de los dos, el padre o la madre, hubiera atentado contra la vida del otro y que no haya habido reconciliación entre ellos.

También se recoge como causa específica entre cónyuges, es decir, que uno de los dos atente contra la vida del otro y tampoco haya reconciliación.

En cuanto al supuesto de maltrato o injuria grave de palabra, es motivo de desheredación cuando se produce de hijos y descendientes a sus padres. Recordamos que a todo esto hay que sumar las causas ya vistas cuando tratamos la indignidad.

Pérdida de patria potestad

La pérdida de la patria potestad está motivada por el incumplimiento de los deberes inherentes a una condición, y se puede probar mediante sentencia fundada o dictada en causa criminal o matrimonial.

Aplica cuando se se trata de desheredar a padres o ascendientes, así como entre cónyuges.

Incumplimiento de deberes conyugales

Aplica entre cónyuges, y los deberes también están recogidos en el Código Civil. Entre ellos, cita que deben respetarse, ayudarse y actuar interés de la familia; que están obligados a vivir juntos, guardarse fidelidad y socorrerse; que deben compartir las responsabilidades domésticas, el cuidado y la atención de los descendientes, ascendientes y otras personas a su cargo, etc.

Como desheredar a un hijo legalmente

Para desheredar a un hijo hay que informarse bien de la posibilidades, a fin de que el testamento no se impugne en el futuro y sea declarado nulo. Si lo otorgas ante notario/a te puede informar, aunque puedes acudir igualmente para que te asesore si no lo hace. También puedes consultar a abogados/as.

Pasos a dar para desheredar a un hijo

Para poder desheredar, es necesario hacer testamento y que en este figure expresamente la persona a la que quieres desheredar. Hablamos del derecho común, porque el derecho foral puede determinar otros extremos.

¿Qué debes hacer para otorgar testamento? Hay tres tipos: abierto, cerrado y ológrafo. Los dos primeros se otorgan ante notario, siendo él mismo quien redacta el abierto. El cerrado lo redacta el testador aunque lo deposite ante notario, y en el caso del ológrafo no acude a notaría. Los tres deben acogerse a los requerimientos formales.

Si quieres desheredar a un hijo asegurándote de que en el futuro no va a poder impugnar, es recomendable que optes por el testamento abierto con asesoría del profesional, o bien recurras a un abogado.

Al notario más cercano puedes ir con tu DNI. Expón tu voluntad, y esta quedará recogida por él indicando también el lugar, la fecha y la hora en que se otorga. Para el acto formal del otorgamiento necesitará la presencia de dos testigos, salvo algunos casos (como la invidencia del testador). Ten en cuenta que es revocable, así que puedes cambiarlo las veces que quieras.

Pero veamos algunos posibles escenarios para entender cómo es el procedimiento:

  • Quieres desheredar a un hijo. Los hijos son herederos forzosos, así que tendrás que demostrar que se ha producido alguna de las causas de indignidad y desheredación que hemos expuesto. Es recomendable que otorgues testamento, aunque la indignidad no solo puede partir de la voluntad del testador.
  • Quieres desheredar a un esposo maltratador. Recuerda que una de las causas que pueden motivar la indignidad es la condena en sentencia firme por haber atentado contra la vida, causado lesiones, ejercido violencia física o psíquica contra ti, tus hijos o tus padres. Si no lo haces como testador, pueden hacerlo tus hijos para que no acceda a tus bienes dejados en herencia, aunque no lo pusieras en testamento o este no exista. De hecho, tus hijos también pueden negarle su propia herencia por maltrato a su madre/padre, aunque no fuera a ellos directamente.
  • Quieres desheredar a un hermano. Si no tienes hijos, padres ni cónyuge, tu hermano será tu heredero legítimo, así que debe respetar la parte de herencia que le corresponde. A no ser, claro, que puedas probar alguna de las causas que hemos expuesto. Pero si tienes hijos, padre, madre y/o cónyuge, basta con que no le nombres en testamento. Es más, de existir los anteriores, no heredará ningún bien si ni siquiera otorgas herencia. Ya dijimos que la desheredación solo afecta a los herederos legítimos.

Modelo de testamento con desheredación

Para otorgar testamento debes tener en cuenta la vecindad civil (por filiación, nacimiento, opción o residencia) para saber qué legislación se aplica. Después podrás proceder siguiendo todos los requerimientos formales.

Efectos de la desheredación

Al desheredar, se priva de la parte proporcional de herencia legítima a uno de los herederos. Cabe mencionar que no cuentan las donaciones que se hayan realizado en vida, puesto que estas no pueden ser revocadas a menos que coincidan las causas de desheredación y revocación de la donación. Los demás herederos forzosos sí conservarán sus derechos y ocuparán el lugar de aquel al que se privó de legítima.

Es importante tener en cuenta que la desheredación quedará sin efecto si existe reconciliación. Esta implica, en su caso, la reanudación de la convivencia conyugal y el ánimo de poner fin a la situación jurídica de separación con los efectos que ello conlleva. Los cónyuges deben proceder por separado mediante escrito a la autoridad judicial.

Impugnar testamento por desheredación

Ante la sospecha o la convicción de que se trata de una desheredación injusta, se puede presentar una demanda de impugnación de testamento por desheredación. Esta tendrá lugar ante el Juzgado de Primera Instancia del lugar de fallecimiento del testador.

En resumen, para llevar a término la desheredación no solo hay que otorgar testamento donde se manifieste expresamente la voluntad de hacerlo, sino que hay que demostrar las causas. Solo afecta a herederos legítimos, pues si se trata de otros basta con nombrarlos en testamento.