Herencia o donacion
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ToggleLa herencia es el acto jurídico mediante el que los bienes, derechos y obligaciones de alguien pasan a otras personas, que son sus herederos. Y es que la propiedad de todo ello no se extingue, sino que cambia de manos.
Pero este acto conlleva una serie de trámites y obligaciones, como el pago de impuestos, por lo que es común preguntarse la diferencia entre donación y herencia y que conviene más. Lo vemos a continuación.
¿Qué es una donación en vida?
La donación es la disposición de bienes a favor de alguien sin contraprestación alguna, es decir, se transmite gratuitamente. Al acto concreto al que nos referimos es a la donación en vida o inter vivos, que supone una alternativa a la herencia: los bienes pasan a otra persona física o jurídica cuando quien ostenta su titularidad aún vive.
Tipos de donaciones en vida
Puede tratarse de una donación en vida de dinero o bienes muebles e inmuebles. Sea como sea, es un acto sujeto al procedimiento de rigor, que iremos abordando.
- ¿Dónde se regula?
La donación en vida se regula en los artículos 618 a 656 del Código Civil, pero en el procedimiento concurren otros textos legales como los que regulan el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones a nivel general y de forma específica en las comunidades autónomas, que son las tienen las competencias.
- ¿Quién puede recibirla?
Donataria puede ser cualquier persona que acepte la donación, a no ser que se encuentre incapacitado para ello. En este último caso tendrán que intervenir sus legítimos representantes, pues en caso contrario la donación será declarada nula.
- ¿Qué bienes se pueden donar?
Se puede donar dinero, bienes muebles y bienes inmuebles. Recordemos que bienes muebles son los que se pueden trasladar de un sitio a otro y no requieren escritura pública, a diferencia de los inmuebles.
- ¿Qué impuesto de donacion se deben pagar?
Cuando se realiza una donación en vida, el más relevante a considerar es el impuesto de donaciones y sucesiones. Es uno de los que más polémica genera por la cantidad que alcanza en algunas comunidades autónomas, además de por lo increíblemente dispar que resulta la regulación entre unas y otras.
También se aplica la Plusvalía cuando se trata de un bien inmueble, es decir, el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Grava el incremento del valor del suelo y es el donatario quien debe pagar el tributo, como sucede con el impuesto anterior. Sin embargo, la plusvalía es un impuesto municipal y no todos los ayuntamientos lo aplican.
Tanto el Impuesto de Sucesiones y Donaciones como el de Plusvalía se pagan también en una herencia. Pero en la donación también hay que contemplar el IRPF, pues los donantes deben dejar constancia de las donaciones que han realizado. Solo estarán exentos si lo que dan es la vivienda habitual y tienen más de 65 años.
Las únicas que no tienen que pagar impuestos son las ONG. De hecho, en caso de ser estas las donatarias, el donante tiene beneficios fiscales en el IRPF, y se puede deducir hasta un 25% en la cantidad transferida.
Diferencia entre donación y herencia
La herencia es el traspaso de bienes que tiene lugar cuando una persona fallece, haya hecho testamento o no. En la donación también se produce una transferencia de bienes pero, a diferencia de la anterior, se efectúa en vida del donante. Esta es la principal diferencia entre ambas fórmulas. La donación se considera algo similar a una dar la herencia en vida, aunque no sería el concepto adecuado.
Al margen del estado de la persona que transmite los bienes, que pueda estar viva o no, ambas generan un procedimiento diferente. Están sometidas a los mismos impuestos excepto por el IRPF, que solo se aplica en la donación y si no se dan las circunstancias concretas ya repasadas para quedar exento.
¿donación o herencia que es mejor?
Es muy difícil contestar a esta pregunta de manera categórica, aunque los expertos coinciden en que es más ventajosa la herencia en términos fiscales. Aún así, las diferencias pueden ser abismales entre familias dependiendo de sus circunstancias y de su lugar de residencia, por lo que ya decimos que no se puede dar una respuesta categórica.
¿Qué es mejor para quien recibe los bienes? Las herencias cuentan con más reducciones sobre la base imponible, aunque esto dependen de cada comunidad autónoma y de la condición del heredero. Por ejemplo, una persona de menos de 21 años que hereda de su padre o madre tendrá más ventajas fiscales que cualquier otro grupo.
¿Y qué es mejor para quien transmite los bienes? A priori dejar herencia, pues no solo es posible que sus hijos tengan que pagar un impuesto más alto, sino que le perjudicará en el IRPF. Dependiendo del valor del bien que done, será más o menos lo que tenga que pagar.
Para ilustrar lo caóticas que resultan las diferencias entre comunidades, Consumer recoge el ejemplo de una persona soltera de 35 años que va puede obtener un patrimonio de 900 000 euros. No incluye la vivienda habitual ni aspectos especiales que haya que considerar.
Si hereda, en Madrid y Canarias podría acogerse a una reducción casi total, y en Andalucía estaría exento al encontrarse por debajo del millón de euros. En Asturias, en cambio, la reducción es de 200 000 euros y tendría que pagar 208 360.
En cambio, si recibe los bienes en donación no hay reducciones en Madrid, aunque sí una bonificación fiscal por parentesco que alcanzaría el 99%. En Canarias, sin embargo, no hay reducciones ni bonificaciones por parentesco, luego le tocaría pagar 234 120 euro
Pero intervienen otros factores que también se deben tener en cuenta y que no solo tiene que ver con lo fiscal. En España, como en otros tantos países del mundo, la situación de los jóvenes no es precisamente favorable, luego los padres pueden decidir ayudar con una donación en vida que les permita ver a sus hijos disfrutar y tener estabilidad cuando ellos aún están vivos.
A lo anterior se suma que la donación no es irreversible, sino que se puede deshacer si el donatario incurre en causa de ingratitud: delito contra el honor o los bienes, negación de alimentos y otros supuestos que también pueden ser causa de desheredación.
Pero puede que este último argumento no vaya tan a favor de la donación por dos motivos: 1) porque se deben dar supuestos muy concretos; y 2) porque una donación será más inamovible que un testamento, que sí se puede deshacer y rehacer en función de las acciones que se realicen en vida.
En resumen, la diferencia entre donación y herencia es sustancial en cuanto a efectos, sobre todo en materia fiscal. Dado que son otras las variables que intervienen en cada acto, es preciso estudiar bien el escenario para proceder como resulte más ventajoso, ya que no siempre es la herencia la mejor opción. En estos casos, lo mejor es ponerse en manos de un especialista.